sábado, 11 de agosto de 2012

Reclamación en nuestro establecimiento hostelero

En verano la hostería en España vive su mejor momento, se factura en algunas zonas hasta el 90% de la facturación anual, teniendo en cuenta los negocios - actividades que son sólo de temporada, y también aumentan, estadísticamente el número de reclamaciones que sufren los establecimientos de hosteleria.

Si un cliente plantea una queja, de cualquier tipo, el primer consejo y básico para la buena resolución es hablar y hablar, sin otro objetivo que el de conocer la preocupación/motivo de queja y conocer con qué acción por nuestra parte el cliente se daría por satisfecho y darsela, siempre y cuando no suponga una perdida exagerada, debemos dar la razón y hacer caso a la persona que se queja, evitaremos perdidas de  tiempo innecesarias.

Si el cliente insiste, debemos presentarle la hoja de reclamaciones, que la rellene, y entregarle copia sellada o firmada, no pasa nada, siempre con tranquilidad.

En el caso de que la reclamación llegase a mayores, es decir, que el cliente llevase esa hoja de reclamación a la OMIC u organismo pertinente o que interpusiese denuncia, debemos informar a nuestra Compañía de Seguros lo antes posible, y si tenemos contratado en el seguro "defensa jurídica" nos servirá de mucho. Además debemos tener la tranquilidad de que la Responsabilidad civil de actividad y/o productos también cubrirá posibles indemnizaciones. Llegados hasta el extremo final, dejarse aconsejar por el abogado de la -compañía, es lo mejor, pensando que será la compañía la que pagará si el juicio "sale mal", por lo que ese abogado pondrá todo de su parte para realizar una buena defensa de nuestros intereses, que son los suyos.

viernes, 27 de julio de 2012

Ajuar mercantil en hosteleria

Para asegurar correctamente en el contenido asegurado del seguro de hosteleria se ha de incluir el ajuar mercantil, y lo que la compañía entiende por esto es:

Conjunto formado por los bienes, necesarios  y propios de la Actividad, situados en el interior del Establecimiento Hostelero que se detallan a continuación:

a) El mobiliario y material de oficina.
b) Las herramientas, útiles y enseres propios de la actividad mercantil.
c) Modelos y muestrarios.
d) Objetos promocionales y de publicidad.
e) La maquinaria, los ordenadores y los equipos electrónicos propios y necesarios para desarrollar la Actividad descrita en Condiciones Particulares.
f) Las cámaras frigoríficas, incluidas las de obra, arcones, islasy elementos similares de conservación.
g) Los viveros de mantenimiento de peces y/o moluscos.
h) Los vehículos a motor en propiedad del Asegurado, mientras se hallen en reposo, siempre y cuando se haya pactado expresamente en Condiciones Particulares.
i) Las instalaciones no fijas, aunque se hallen fijadas a los elementos constructivos del Continente, con las salvedades indicadas en la definición de Edificio.
j) Los cristales, espejos, lámparas, objetos de adorno y elementos de decoración no fijos.

domingo, 22 de julio de 2012

Seguros para hostelería con descuentos

Podemos solicitar proyecto de seguro para hostelería desde la web de seguros de empresas SegurosDeEmpresas.es y se nos facilitará con un descuento del 20% sobre la Compañía ofertada:

Seguros para hostelería con descuentos

lunes, 16 de julio de 2012

Responsabilidad Civil Patronal en Seguros para Hosteleria

En caso de contar con empleados se debe incluir, por tranquilidad, la cobertura de Responsabilidad civil Patronal en la póliza de seguro, o realizar ampliación a la cobertura general de Responsabilidad Civil.

Con esta cobertura contratada se garantizan las indemnizaciones que deba satisfacer el Asegurado como consecuencia de reclamaciones que se le formulen por cualquiera de sus asalariados o derechohabientes de éstos, por razón de los daños corporales sufridos con motivo de accidentes de trabajo, siempre y cuando
la responsabilidad civil haya sido declarada por sentencia firme pronunciada por un Tribunal
Penal o Civil.

Hemos detectado a lo largo de los años como agentes de seguros muchas pólizas que no incluyen esta cobertura, y por una prima a pagar muy pequeña en relación con el precio del seguro, merece la pena incluirla siempre y cuando, como hemos indicado, se cuente con empleados. De igual forma si no se cuenta con empleados, se trata de un negocio familiar o similar, podemos revisar el seguro y pedir se elimine, para abaratar el precio del seguro.

jueves, 12 de julio de 2012

Seguro de Responsabilidad civil en terraza (Hostelería)

La Responsabilidad civil es una cobertura muy importante en los seguros del sector hostelero. Nos cubre los posibles daños que se ocasionen a terceros por el hecho de explotación de actividad en el local y también en las consumiciones que los clientes realizan en el negocio.

Con la llegada del buen tiempo la terraza es una tabla de salvacrión para muchos negocios de hostelería, aunque su utilización se ha ampliado desde la entrada en vigor de la prohibición total de fumar dentro de los locales.

Para poder instalar una terraza se ha de contar con un permiso municipal, cuyos requisitos exactos dependerán del municipio y sus ordenanzas. Dentro de esos requisitos nos encontraremos con la obligatoriedad de contar con un seguro de Responsabilidad Civil que incluya de manra inequivoca en sus condiciones Particulares y Generales la explotación de terraza. Igualmente la cuantía del capital asegurado lo determinarán dichas ordenanzas municipales.

En caso de inspección, es el seguro el primer documento que nos van a solicitar, por lo que conviene conocer al detalle si nustro seguro de hostelería crumple o no con lo que nos requieren desde el ayuntamiento y con todo en orden, se podrá trabajar más tranquilo esta parte tan importante del negocio hostelero en España.

viernes, 29 de junio de 2012

Deterioro de mercancías

Mediante esta garantía quedan cubiertos, hasta el límite de la suma asegurada para este concepto fijada en las Condiciones Particulares, los daños y deterioros sufridos por las mercancías conservadas en cámaras y aparatos frigoríficos situados en el Continente descrito en las Condiciones Particulares de la póliza a causa de:

-Elevaciones o descensos accidentales de la temperatura en el interior de la cámara o aparato
frigorífico, producidos de forma súbita e imprevista.

-Daños debidos a escapes del medio refrigerante producidos de forma súbita e imprevista. En esta garantía no queda incluido el valor del refrigerante.

-Fallo o interrupción en el suministro público de energía eléctrica superior a 6 horas de duración.

Siempre con las facturas de las mercancias dañadas podemos llamar a nuestra Compañía de Seguros, sin tirar nada de lo estropeado hasta que el perito nos lo indique, por molesto que parezca debemos aconsejar se conseve todo hasta su peritación.

jueves, 14 de junio de 2012

Seguro específico para Hostelería PH 5 Tenedores

El Seguro específico para Hostelería de la Compañía Española Patria Hispana toma en nombre de Seguro PH 5 tenedores (Hostelería).

Se trata de un seguro para quien quiere tener la tranquilidad total de contar con un buen seguro, hosteleros que no suelen tener siniestros, y no lo ven reflejado en buen trato por su actual compañia, que aunque no haya causado gasto al asegurador ve subir su seguro más y más cada año.

El seguro para hostelería de Patria Hispana es un seguro completo, sin falta de ninguna cobertura, con una relación servicio-precio excelente y que cuenta además de con el respaldo de la compañía con más de 90 años en el mercado asegurador Español, con todo tipo de comodidades en caso de siniestro, y no problemas o impedimentos.

Por la importancia que tiene el tiempo de respuesta en un siniestro en un seguro de hostería, porque el establecimiento hostelero no puide dejar de prestar servicio ni un momento se ponen a disposición de los asegurador los siguientes servicios de asistencia entre otros3:

- Albañilería - Electricidad - Persianas - Aire acondicionado - Escayolas - Pintura- Antenas - Fontanería
- Porteros automáticos - Barnizadores - Limpiezas - Reformas - Carpintería madera - Marmolista 
- Tapicerías - Carpintería metálica - Montadores - Técnicos línea blanca - Cerrajería - Cristalería
- Moquetas - Parquet - Técnicos línea marrón - Tejados y fachadas

Más información:

Seguros de Comercio Patria Hispana Seguros

sábado, 9 de junio de 2012

Seguro de Comercio para Hosteleria de Fiatc

Analizando el seguro de comercio de fiatc, vemos un seguro completo y adaptable al sector de la hosteñeria, contando con red de reparación propia y calidad en la asistencia a personas clásica en Fiat.

En esta entrada del blog de seguros de hosteleria proponemos la lectura del Condicionado General Comercio Fiatc y aconsejamos solicitar precio en la web de agencia donde nos ofrecerán un proyeto y  número de teléfono gratuito para más información o contratación directa del seguro ofertado: Seguros de Hosteleria

domingo, 15 de abril de 2012

Consideración de recinto del establecimiento en el seguro de hosteleria

En un seguro de hosteleria se considera "recinto" a:

Conjunto compuesto por el propio Establecimiento,
4 de acuerdo con la definición previamente realizada, así como
por los terrenos y dependencias anexas donde el Asegurado
desarrolla su actividad, ubicado en la situación descrita en
las Condiciones Particulares de la Póliza, sobre los que el
Asegurado tiene el derecho de propiedad o uso, y que se
encuentran debidamente acondicionados, protegidos en su
totalidad mediante cerramientos cimentados de, al menos,
3 metros de altura sobre el nivel del suelo y con accesos
exteriores provistos de dispositivos o mecanismos de cierre,
cerraduras o candados, efectivamente cerrados durante los
periodos temporales de cese de la actividad.

Dentro de esta definición se incluye también las zonas públicas,
tales como aceras o paseos, que se hallen situadas a
20 metros como máximo de la entrada del Establecimiento,
donde el Asegurado tiene derecho a desarrollar, merced a las
oportunas autorizaciones de las administraciones competentes,
la Actividad descrita en las Condiciones Particulares.

miércoles, 4 de enero de 2012

Diferencias entre robo, expoliación y hurto en un seguro para la hostelería

Veamos qué se entiende por robo y/o expoliación en los seguros de hostelería, ya que el sector hostelero esta muy expuesto a estos desagradables hechos.

Se entiende por:

• ROBO: La sustracción o apoderamiento ilegítimo de los bienes designados en la póliza contra la
voluntad del Asegurado, mediante actos que impliquen fuerza en las cosas.

• EXPOLIACIÓN O ATRACO: La sustracción o apoderamiento ilegítimo de los bienes designados en la póliza, contra la voluntad del Asegurado, mediante actos de intimidación o violencia, realizados sobre las personas que los custodian o vigilan.

A efectos de las coberturas de Robo y Expoliación, se entenderá como fuerza en las cosas y como
violencia o intimidación en las personas, cuanto al respecto se establezca en el Código Penal
Español.

• HURTO: La sustracción ilegítima de los bienes designados en la póliza, realizada contra la
voluntad del Asegurado, con ánimo de lucro y sin fuerza en las cosas ni violencia o intimidación
en las personas.


Muchas veces el asegurado cree que la compañía siempre niega la cobertura, pero si leemos y sabemos qué cubre un seguro y en qué casos sí y en qué casos no, sabremos utilizar mejor el seguro y sabremos defender nuestros derechos como asegurados.