miércoles, 4 de enero de 2012

Diferencias entre robo, expoliación y hurto en un seguro para la hostelería

Veamos qué se entiende por robo y/o expoliación en los seguros de hostelería, ya que el sector hostelero esta muy expuesto a estos desagradables hechos.

Se entiende por:

• ROBO: La sustracción o apoderamiento ilegítimo de los bienes designados en la póliza contra la
voluntad del Asegurado, mediante actos que impliquen fuerza en las cosas.

• EXPOLIACIÓN O ATRACO: La sustracción o apoderamiento ilegítimo de los bienes designados en la póliza, contra la voluntad del Asegurado, mediante actos de intimidación o violencia, realizados sobre las personas que los custodian o vigilan.

A efectos de las coberturas de Robo y Expoliación, se entenderá como fuerza en las cosas y como
violencia o intimidación en las personas, cuanto al respecto se establezca en el Código Penal
Español.

• HURTO: La sustracción ilegítima de los bienes designados en la póliza, realizada contra la
voluntad del Asegurado, con ánimo de lucro y sin fuerza en las cosas ni violencia o intimidación
en las personas.


Muchas veces el asegurado cree que la compañía siempre niega la cobertura, pero si leemos y sabemos qué cubre un seguro y en qué casos sí y en qué casos no, sabremos utilizar mejor el seguro y sabremos defender nuestros derechos como asegurados.