Aviso sobre la reciente modificación del IRPF.
Recuerda que la decisión del Gobierno de adelantar la rebaja de
impuesto al mes de julio obliga a que las empresas regularicen la
situación fiscal de sus empleados.
Acciones a realizar por la empresa de hosteleria
- Revisar retenciones de empleados.
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martes, 1 de septiembre de 2015
miércoles, 22 de julio de 2015
Condena al Banco por no devolver los recibos
Ibercaja ha sido condenada por un Juzgado de Zaragoza por negarse a devolver a un cliente los recibos de 2 seguros contratados (con Ibercaja Vida y Caser), relacionados con un préstamo hipotecario. Esa reclamación la ha hecho el cliente con el asesoramiento del Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza, según ha informado el órgano colegial.
El colegio asegura que “la sentencia reconoce probados los hechos denunciados, y destaca la resolución del Banco de España
acreditativa de que dicha actuación se apartó de las buenas prácticas y
usos bancarios. Por lo que ha condenado a Ibercaja a pagar la cantidad
de 555,52 euros, más los intereses legales y las costas procesales”.
José Antonio Ponzán,
responsable de la Comisión de Vigilancia del Mercado del Colegio de
Zaragoza, ha destacado la importancia de esta sentencia “porque no hay
precedentes en Aragón de haber ganado un juicio contra una entidad
financiera en un caso de mala praxis con los seguros, a pesar de que el nº de quejas va en aumento, y probablemente sea una sentencia pionera en todo el país”.
Según destaca el
colegio, antes de llegar a la vía judicial, intentó encontrar una
solución para el cliente recurriendo al Banco de España, “y a pesar de
que esta entidad publicó una resolución favorable al reclamante,
Ibercaja no la aceptó y siguió negándose a devolverle al cliente el
dinero de los recibos”.
El órgano colegial
explica que “otras entidades financieras están actuando de la misma
manera al negarse a devolver recibos de pólizas de aseguradoras con las
que tienen especial vinculación. El año pasado llegaron al Colegio de
Zaragoza 8 reclamaciones por este tipo de prácticas, a pesar de que las
peticiones se habían realizado dentro de las 8 semanas que establece la
Ley para la devolución de recibos”.
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