miércoles, 21 de julio de 2010

Responsabilidad Civil de Productos

La Responsabilidad civil de Productos es obligatoria con capital asegurado según indique la normativa por la que se encuentre regulada la actividad hostelera dependiendo de su hubicación geográfica en España.

Esta garantía cubrirá las consecuencias pecuniarias de la responsabilidad civil que puedan derivarse de los productos suministrados por el Asegurado en el ámbito de la actividad concreta asegurada.

Como ejemplo más común ya sabemos que cualquier cliente nos puede reclamar daños por suministrarle productos que él entienda en mal estado con resultado negativo para su salud.

Como media de capital asegurado se puede tomar como referencia 300000 euros. En algunas Comunidades autónomas se piden 300500 euros, una cifra "extraña" porque no han actualizado de 50 millones de pesetas dejando el cambio de moneda matemático.

Esta cobertura de Responsabilidad Civil de productos se contrata junto a la Responsabilidad Civil de Explotación, Patronal, etc... que corresponda y es beneficiosos que se encuentre dentro de un multiriesgo del negocio junto a otras coberturas. En una póliza al margen nos saldrá más caro.

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