lunes, 16 de julio de 2012

Responsabilidad Civil Patronal en Seguros para Hosteleria

En caso de contar con empleados se debe incluir, por tranquilidad, la cobertura de Responsabilidad civil Patronal en la póliza de seguro, o realizar ampliación a la cobertura general de Responsabilidad Civil.

Con esta cobertura contratada se garantizan las indemnizaciones que deba satisfacer el Asegurado como consecuencia de reclamaciones que se le formulen por cualquiera de sus asalariados o derechohabientes de éstos, por razón de los daños corporales sufridos con motivo de accidentes de trabajo, siempre y cuando
la responsabilidad civil haya sido declarada por sentencia firme pronunciada por un Tribunal
Penal o Civil.

Hemos detectado a lo largo de los años como agentes de seguros muchas pólizas que no incluyen esta cobertura, y por una prima a pagar muy pequeña en relación con el precio del seguro, merece la pena incluirla siempre y cuando, como hemos indicado, se cuente con empleados. De igual forma si no se cuenta con empleados, se trata de un negocio familiar o similar, podemos revisar el seguro y pedir se elimine, para abaratar el precio del seguro.

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